Las actividades mineras en México se rigen básicamente por:
- Artículo 27 de la Constitución Política de México;
- Ley de Minería promulgada el 26 de junio de 1992 con su última modificación del 11 de agosto de 2014;
- Reglamento de la Ley de Minería promulgado el 12 de octubre de 2012 con su última enmienda del 31 de octubre de 2014. Existen ciertas pautas y estándares oficiales que también regulan las actividades mineras en México.
La autoridad a cargo de hacer cumplir el reglamento de minería es la Secretaría de Economía. Además, el Servicio Geológico Mexicano se encarga de generar la información geológica básica de México.
Para facilitar las actividades mineras, anteriormente la Secretaría de Economía se apoyaba de la Subsecretaría de Minería, sin embargo dicha subsecretaría fue cancelada prematuramente por el gobierno del presidente Andres Manuel López Obrador.
La regulación minera es de naturaleza federal, por lo tanto, las autoridades locales o municipales no tienen interferencia en esas actividades.
Legislación y normatividad relacionada
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP)
- Reglamento Interior de la Secretaría de Economía
- Ley Minera
- Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Minera
- DECRETO por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Litio para México.
- Reglamento de la Ley Minera
- Reglamento de la Ley Minera en Materia de Gas Asociado a los Yacimientos de Carbón Mineral
- Ley Minera (inglés)
- Manual de Servicios al Público en Materia Minera
- Ley Federal de Derechos
- Ley de Inversión Extranjera
- Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera
- Ley Federal del Trabajo
- Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)
- Reglamento de la LGEEPA en materia de Ordenamiento Ecológico
- Reglamento de la LGEEPA en materia de Impacto Ambiental
- Reglamento de la LGEEPA en Materia de Áreas Naturales Protegidas
- Reglamento de la LGEEPA en Materia de Autorregulación y Auditorias Ambientales
- Reglamento de la LGEEPA en Materia de Prevención y Control de Contaminación de la Atmósfera
- Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
- Ley de Desarrollo Rural Sustentable
- Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
- NOM-023-STPS-2012, Minas subterráneas y minas a cielo abierto – Condiciones de seguridad y salud
- NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón
- NOM-120-SEMARNAT-2011, Protección ambiental en exploración minera directa
- NOM-141-SEMARNAT-2003, Especificaciones y criterios depósitos de jales
- NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, Concentraciones de remediación de suelos
- NOM-155-SEMARNAT-2007, Protección ambiental para lixiviación de oro y plata
- NOM-157-SEMARNAT-2009, Planes de manejo de residuos mineros
- NOM-159-SEMARNAT-2011, Protección ambiental para lixiviación de cobre
Convenios internacionales de colaboración en materia minera con México
- México-China, Convenio de colaboración
- México-China, Protocolo de prórroga
- México-Corea, Convenio de colaboración
- México-Corea, Convenio de colaboración -ingles-
- México-Cuba, Convenio de colaboración
La pregunta para la cual no tengo respuesta es esta: porque el presidente dice que no se daran mas concesiones de LITIO, y aun de nungun tipo, quien es la ley , el presidente o la ley minera. necesito hacer dos denuncios pero si estos no me son reconocidos por la Direccion de mineria ????, que se debe hacer ???