La Superintendencia del Medio Ambiente de Chile sancionó a Sociedad Contractual Minera Centinela con una multa de 809 Unidades Tributarias Anuales, equivalentes a más de 675 millones de pesos chilenos, tras constatar incumplimientos ambientales vinculados al monitoreo de recursos hídricos. La unidad fiscalizable se ubica en Sierra Gorda, en la Región de Antofagasta, y forma parte del portafolio de Antofagasta Minerals, el brazo minero del grupo Luksic.
La resolución se concentra en la operación asociada al proyecto El Tesoro, donde la autoridad detectó brechas en el seguimiento de agua exigido por el Estudio de Impacto Ambiental y por un programa de monitoreo adicional. Según la SMA, la empresa no registró información del pozo de exploración LE-1 y tampoco midió el caudal de la vertiente La Cascada con la frecuencia comprometida. El regulador calificó la infracción como leve.
El caso no nació ayer. La SMA inició la revisión a partir de fiscalizaciones realizadas en junio de 2019 y enero de 2020. Con esos antecedentes, el organismo formuló cargos y condujo un proceso sancionatorio que hoy llega a un cierre administrativo con la imposición de la multa. La propia SMA informó que imputó dos infracciones, pero finalmente configuró una en la resolución que gatilla el castigo económico.
En el norte de Chile, el agua no funciona como un asunto accesorio. La Región de Antofagasta vive bajo estrés hídrico estructural, con alta demanda industrial y comunidades que vigilan cada extracción. En ese contexto, el monitoreo no solo cumple un trámite. El monitoreo sostiene la trazabilidad ambiental que permite a la autoridad verificar impactos, activar correcciones y ordenar mejoras antes de que una desviación se convierta en un daño mayor. Por eso la SMA pone el foco en registros, frecuencias y metodologías, incluso cuando clasifica la infracción como leve.
La propia descripción oficial del complejo ayuda a entender el trasfondo. Centinela integra dos líneas de explotación con esquemas de agua distintos. El Tesoro, asociado a mineral oxidado y cátodos, utiliza agua extraída desde un acuífero ubicado en Calama, de acuerdo con el reporte de la SMA. En paralelo, Esperanza, ligada a mineral sulfurado, se abastece desde el mar mediante una planta desaladora. Esa arquitectura hídrica exige controles diferenciados y reportes consistentes, porque cada fuente de suministro enfrenta riesgos ambientales y sociales distintos.
La multa también pone sobre la mesa una lección que se repite en minería, dentro y fuera de Chile. Las empresas suelen invertir con fuerza en infraestructura y tecnología de proceso, pero a veces descuidan la disciplina diaria del dato ambiental. Un registro ausente o una medición con menor frecuencia no suena dramático en un reporte ejecutivo. Para el regulador, en cambio, esas omisiones debilitan la verificación de cumplimiento y abren dudas sobre la gestión real del recurso. En un país que discute cómo acelerar permisos sin rebajar estándares, estos casos terminan como ejemplo incómodo.
Antofagasta Minerals informó que revisa la resolución para definir los pasos a seguir. En una declaración citada por prensa, la compañía sostuvo que el dictamen cierra un proceso en el que Minera Centinela colaboró de forma activa y transparente con la autoridad, en línea con su compromiso de cumplimiento ambiental y desarrollo sustentable. Esa postura apunta a dos objetivos claros. Primero, contener el impacto reputacional. Segundo, dejar abierta la puerta a acciones administrativas o judiciales, si la empresa identifica fundamentos para impugnar o ajustar la sanción.
En términos productivos, Centinela se mantiene como un activo relevante en el mapa cuprífero chileno. Reuters reportó que la faena produjo 223,800 toneladas métricas de cobre en 2024. La cifra dimensiona por qué cualquier señal regulatoria sobre el complejo genera lectura inmediata en el mercado, incluso si la multa se ubica lejos de los montos que suelen asociarse a infracciones graves. La discusión real no se limita al pago. La discusión se centra en cómo la empresa robustece su sistema de monitoreo y cómo la SMA refuerza el estándar de evidencia en un entorno donde el agua manda.
El calendario también importa. La SMA indicó que la empresa debe pagar la multa en la Tesorería General de la República dentro de diez días hábiles desde la notificación. Ese plazo obliga a una decisión rápida, ya sea para pagar y cerrar, o para activar recursos dentro de los marcos disponibles. Para la industria, el mensaje queda nítido. La autoridad no necesita detectar un derrame o una afectación visible para sancionar. La autoridad puede sancionar la falla de control, porque el control constituye parte del cumplimiento.
Desde una mirada sectorial, este episodio no invalida el aporte de la minería al norte chileno, ni el rol del cobre en la transición energética. Más bien subraya una condición para sostener esa contribución: la operación debe blindar su “licencia ambiental” con datos completos y verificables. En regiones como Antofagasta, la conversación pública se vuelve más exigente cuando la gente percibe que el agua se administra con opacidad o con retrasos. La mejor defensa, para una minera seria, no consiste en discursos. Consiste en monitorear bien, reportar a tiempo y corregir con rapidez cuando el sistema falle.

