Puntos clave
- Reforma regulatoria: El límite de hectáreas para pequeña minería sube a 150 y para minería artesanal a 100
- Eliminación de requisito: Desaparece la exigencia de acreditar servidumbres para operar
- Impacto territorial: Cambio directo en ecuación de cumplimiento para operadores en Atacama, Coquimbo y Antofagasta
- Formalización: Señal política que integra al sistema formal a productores que históricamente quedaron fuera
| Tipo de regulación | Reforma al régimen de patentes mineras |
| Entidad | Ministerio de Minería de Chile / Comisión de Minería del Se… |
| Vigencia | 2024 (proyecto en indicaciones) |
El Ministerio de Minería de Chile presentó ante la Comisión de Minería del Senado las indicaciones al proyecto que simplifica el régimen de patentes mineras, con dos cambios que reconfiguran el acceso al sistema formal para miles de operadores: el límite de hectáreas para calificar como pequeña minería sube a 150, y el de minería artesanal a 100. Además, desaparece la exigencia de acreditar servidumbres para operar. No es un ajuste técnico menor. Es una señal política con consecuencias operativas directas para un segmento que históricamente quedó fuera de los beneficios del sistema.
Qué cambia exactamente y por qué importa
El régimen de patentes mineras en Chile determina las obligaciones fiscales y los requisitos administrativos que debe cumplir un titular de concesión según el tamaño de su operación. Durante años, los umbrales de hectáreas para calificar como pequeña minería o minería artesanal quedaron rezagados frente a la realidad operativa del sector: muchos productores que funcionaban como pequeñas unidades económicas superaban los límites formales y quedaban sometidos a exigencias diseñadas para la gran minería.
Elevar el límite a 150 hectáreas para pequeña minería y a 100 para artesanal no solo amplía el universo de beneficiarios. Cambia la ecuación de cumplimiento para cientos de operadores en zonas como Atacama, Coquimbo y la Región de Antofagasta, donde la minería de pequeña escala convive territorialmente con gigantes como BHP y Codelco sin acceder a los mismos mecanismos de formalización.
La eliminación de la exigencia de acreditar servidumbres es el cambio más sustantivo desde el punto de vista jurídico. Acreditar servidumbre implica demostrar derechos de paso y uso sobre terrenos que, en muchos casos, pertenecen a terceros o tienen estatus legal ambiguo. Para un pequeño minero en el norte de Chile, esa exigencia podía significar años de trámites y costos legales que hacían inviable la formalización. Al eliminarla, el Gobierno reduce una barrera que empujaba a los operadores hacia la informalidad, con todas las consecuencias que eso tiene: sin acceso a crédito formal, sin protección laboral regulada, sin posibilidad de vender producción a fundidoras certificadas.
El contexto político detrás de la propuesta
El gobierno de José Antonio Kast asumió en marzo de 2026 con un mandato explícito de mejorar las condiciones para la inversión privada y reducir la carga regulatoria en sectores productivos. La minería fue identificada desde el primer día como un área estratégica donde la simplificación administrativa podía generar resultados rápidos y visibles. Esta reforma al régimen de patentes es parte de esa agenda.
Pero la propuesta también responde a una presión acumulada. La pequeña minería chilena —estimada en más de 90,000 personas según datos de Sernageomin— opera mayoritariamente en la informalidad o en zonas grises del sistema legal. La razón no es falta de voluntad de formalización: es la complejidad y el costo de los requisitos. Cada exigencia que el Estado agrega sin considerar la escala operativa del operador es, en la práctica, una barrera de entrada al sector formal.
La presentación ante el Senado marca el inicio del proceso legislativo. Las indicaciones al proyecto deben pasar por la Comisión de Minería, donde pueden ser modificadas o complementadas antes de llegar a la sala. El timing es relevante: el gobierno busca avanzar en esta agenda antes del cierre del primer año legislativo, cuando la atención parlamentaria se dispersa hacia otros temas presupuestarios.
Impacto en formalización y producción
Chile produce aproximadamente 5.8 millones de toneladas de cobre al año, pero esa cifra está dominada por grandes operaciones: Escondida, Collahuasi, Los Pelambres, El Teniente. La pequeña minería aporta una fracción marginal al cobre, pero tiene un peso diferente en minerales como el oro aluvial, la plata y algunos minerales no metálicos. En esos segmentos, la formalización tiene consecuencias directas sobre la trazabilidad de la cadena de suministro y la capacidad del Estado de cobrar regalías y tributos.
La formalización no solo beneficia al operador. Beneficia al fisco. Un pequeño minero que opera dentro del sistema paga patentes, cotiza seguridad social, declara ventas. Uno que opera fuera no hace nada de eso. La reforma apunta a que más operadores encuentren rentable entrar al sistema, lo que debería traducirse en mayor recaudación y mejores condiciones laborales para los trabajadores del sector informal.
Sernageomin, el regulador técnico minero, tiene aquí un rol central. Ampliar el universo de operadores formales implica mayor demanda de fiscalización, asistencia técnica y tramitación de concesiones. Sin un fortalecimiento paralelo de la capacidad institucional del organismo, la reforma puede crear un cuello de botella administrativo que neutralice parte de sus beneficios.
La servidumbre: el nudo jurídico que se desata
La exigencia de acreditar servidumbres tenía una lógica originaria: garantizar que el titular de una concesión minera pudiera efectivamente acceder al terreno y operar sin conflictos con propietarios superficiarios. El problema es que ese requisito asumía un marco de propiedad claro que no existe en gran parte del territorio donde opera la pequeña minería chilena.
En zonas áridas del norte, los límites entre predios son frecuentemente imprecisos, los títulos de dominio tienen décadas de antigüedad y las transacciones informales de derechos son la norma, no la excepción. Exigir acreditar servidumbre en ese contexto equivalía a pedir un documento que nadie podía producir. El resultado era un operador que seguía trabajando sin concesión formal, sin protección legal y sin acceso al sistema financiero.
Eliminar esa exigencia no elimina los conflictos de superficie. Lo que hace es separar el trámite de concesión minera del problema de derechos superficiarios, dejando que ese conflicto —cuando existe— se resuelva por las vías civiles correspondientes. Es una decisión pragmática que tiene respaldo en la práctica comparada: Perú y Colombia aplican esquemas similares para sus regímenes de minería artesanal.
Riesgos y preguntas abiertas
La reforma tiene mérito técnico, pero plantea interrogantes que el proyecto legislativo deberá responder con precisión. El primero: ¿cómo se articula la eliminación de la exigencia de servidumbre con los derechos de comunidades indígenas en territorios del norte de Chile? El Convenio 169 de la OIT obliga al Estado a consultar a comunidades afectadas por decisiones que impactan sus territorios. Si la simplificación del régimen facilita el acceso a concesiones en zonas con presencia indígena sin activar los mecanismos de consulta, el proyecto podría enfrentar impugnaciones que lo detengan antes de implementarse.
El segundo: ¿qué pasa con los operadores que actualmente superan los nuevos umbrales por escaso margen? La definición del régimen al que pertenece un operador determina sus obligaciones tributarias y administrativas. Un cambio de categoría implica un cambio de régimen completo, y esa transición necesita reglas de aplicación claras para evitar incertidumbre jurídica.
El tercero es de capacidad institucional. Sernageomin tramita concesiones, fiscaliza operaciones y asiste técnicamente a pequeños mineros. Si el número de operadores formales crece sustancialmente —que es el objetivo de la reforma— el organismo necesita recursos adicionales para absorber esa demanda. Sin esa inversión paralela, los tiempos de tramitación se alargan y el beneficio se diluye.
Lo que esto dice sobre la estrategia regulatoria del gobierno Kast
Esta propuesta es consistente con la lógica que el gobierno Kast ha aplicado desde el primer trimestre: reducir fricción regulatoria sin desmantelar el marco institucional. No es desregulación radical — es simplificación quirúrgica en puntos donde la exigencia formal superaba la capacidad de cumplimiento real del sector.
La apuesta es que más formalización produce más producción, más recaudación y mejores condiciones laborales, sin necesidad de subsidios directos. Es una hipótesis razonable, pero su validación depende de que el proceso legislativo no diluya los cambios sustantivos y de que Sernageomin tenga músculo institucional para acompañar el crecimiento del sector formal.
El proyecto está en el Senado. Lo que salga de la Comisión de Minería determinará si esta reforma efectivamente amplía el acceso al sistema formal o queda como un ajuste nominal que no mueve la aguja para los 90,000 trabajadores que hoy operan al margen del sistema. Esa diferencia se mide en concesiones tramitadas, cotizaciones pagadas y accidentes reportados — no en declaraciones ministeriales.

