Perú.- Según el decreto supremo 038-2017-EM publicado ayer en el Diario Oficial El Peruano, el documento es de aplicación a los mineros informales con inscripción vigente en el registro integral de formalización minera, a cargo de la Dirección General de Formalización Minera del MEM.
Operatividad
Indica que el Igafom es un instrumento de gestión ambiental de acción inmediata y de carácter extraordinario, cuya aprobación constituye un requisito para la culminación del proceso de formalización minera integral.
Señala que la herramienta tiene por objetivo adecuar las actividades de la pequeña minería y de la minería artesanal a las normas ambientales vigentes, según corresponda.
“Mediante el Igafom, el minero informal adopta las medidas ambientales para identificar, controlar, mitigar y prevenir los impactos ambientales negativos de la actividad que desarrolla, así como para establecer las medidas de cierre según corresponda”, subraya la norma establecida por el MEM.

