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Desarrollo Minero

Mineras enfrentarán alza de costos por US$ 33 millones al año por ley de transmisión

editor
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Publicado 7 abril, 2016
Chile contratos Energía Proyecto de Ley relevantes
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Chile.- El proyecto de ley que modifica el sistema de transmisión, y que es considerada una iniciativa clave por el gobierno, podría tener costos relevantes para los clientes del sistema, tanto libres como regulados.

Contenido
  • Contratos y costos
  • SUPREMA CRITICA PROYECTO

El proyecto establece el sistema de “estampillado” para el costo de transmisión, que comenzará a operar en 2019, y establece el traspaso del 100% del costo de la expansión de los sistemas troncales a los clientes finales. Hoy, ese pago es un 80% asumido por las generadoras, porcentaje que en la práctica éstas incluyen en la tarifa que le cobran a los clientes libres y regulados, entre ellos los residenciales, por lo que en el gobierno estiman que se estaría transparentando una situación de hecho en el mercado.

En la industria comentan que un estudio realizado por académicos de la PUC para la Comisión Nacional de Energía (CNE) cifró el impacto de este costo en unos

US$ 33 millones anuales sólo para los clientes libres del SING, que principalmente son mineras, mientras que una empresa más bien mediana en la zona central podría ver encarecida su factura eléctrica en al menos US$ 1 millón por año.

Por su parte, otras fuentes cifran en US$ 60 millones el ahorro que al año tendrían las generadoras por este nuevo esquema tarifario.

Un experto señala que la normativa que ya fue aprobada en la Cámara y está en el Senado introduce dos cambios relevantes al sistema, que deben ser vigilados para determinar su real impacto. Primero, la eliminación de la “señal de precio” que daba a los generadores el costo de transmisión, lo que determinaba las tasas de retorno de los proyectos de generación y su viabilidad dependiendo de su localización, y también la introducción de mayor competencia, ya que al eliminar el pago de peajes, los retornos para los nuevos entrantes serían mayores.

“El sistema que se propone es más simple, pero genera distorsiones, entre ellas la posibilidad de una duplicidad en el cobro para los clientes libres”, señalan las fuentes.

Contratos y costos

Según estimaciones del gobierno, el cambio en el mecanismo de cobro podría traer bajas de hasta US$ 5 por MWh en las ofertas que las generadoras presenten a la próxima licitación de suministro, que será en julio. De ahí el interés de la autoridad de tener la norma aprobada lo antes posible y su estimación es que ello suceda a más tardar a principios de junio.

La intención del gobierno podría verse dificultada ante los cuestionamientos que han surgido a la iniciativa, y la posibilidad de que vuelva a ser revisada por la Cámara de Diputados (ver nota relacionada). La normativa, que regirá para los nuevos contratos, también establece un régimen especial para aquellos que están vigentes, los que deberán adecuarse en la medida que vayan venciendo y sean renovados. En estos casos, generadoras y clientes libres deberán negociar sus términos.

SUPREMA CRITICA PROYECTO

Fuertes críticas realizó el pleno de la Corte Suprema al proyecto de ley de transmisión, que se encuentra ya en su segundo trámite parlamentario.

El máximo tribunal, que por ley debe emitir su opinión respecto de las iniciativas que afecten a alguna institución bajo su potestad, calificó negativamente la iniciativa, señalando que se mantenía “la opinión invariablemente desfavorable sobre la creación y mantención de este tipo de organismos que ejercen supuestamente una función meramente técnica de resolución de discrepancias (…) pero que ejercen una función jurisdiccional”. Lo anterior en relación a las modificaciones que se intenta realizar al Panel de Expertos, órgano que dirime los conflictos en el sector eléctrico, las que a juicio de la instancia debían ser materia de ley y no de reglamento, como lo plantea el proyecto de ley.

Asimismo, insistió en su posición de que el panel no es un tribunal y abrió la discusión sobre la posibilidad de recurrir sus sentencias. Hoy sus fallos son inapelables. Asimismo, la Suprema señala que respecto de la creación de coordinador del sistema eléctrico nacional, que reemplazará a los actuales CDECs, y los alcances de sus atribuciones, debían ser definidas por ley y no por Decreto. Alejando Vergara, académico y socio de Vergara y Cía, dijo que la aprobación en la Cámara de Diputados tuvo vicios de inconstitucionalidad, principalmente por los Quórum de votación de los artículos relativos al panel, los que a su juicio deberán revisados nuevamente.

Diario Financiero

ETIQUETAS:ChilecontratosEnergíaProyecto de Leyrelevantes
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